1. Prohibición de horas extra en contratos parciales y el límite de las 80 horas
Uno de los errores más frecuentes detectados en auditorías laborales consiste en abonar horas extraordinarias a empleados contratados a tiempo parcial. Salvo supuestos tasados de fuerza mayor para prevenir siniestros urgentes (Art. 35.3 ET), las personas a tiempo parcial únicamente pueden realizar horas complementarias, y solo si existe un pacto específico por escrito y el contrato supera las 10 horas semanales en cómputo anual.
En los contratos a tiempo completo, el tope legal continúa fijado en 80 horas extraordinarias retribuidas al año. No computan para dicho límite de 80 horas aquellas que hayan sido compensadas mediante descanso retribuido dentro de los 4 meses siguientes a su realización, siempre que dicha compensación quede fehacientemente acreditada en el sistema de registro horario.
Key legal & operational takeaways
- Tope legal de 80 horas extraordinarias abonadas al año en jornada completa.
- Compensación por descanso dentro de los 4 meses siguientes: neutraliza el cómputo anual si está trazada.
- Horas complementarias pactadas: hasta el 30% de las horas ordinarias (ampliable al 60% por convenio).
2. Obligación de resumen mensual junto al recibo de salarios y tipos TGSS
El Art. 35.5 ET exige totalizar mensualmente las horas realizadas y entregar copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente, además de informar mensualmente a la representación legal de los trabajadores.
Las horas extraordinarias por fuerza mayor cotizan al tipo reducido del 14% (12% empresa + 2% trabajador), mientras que el resto de horas extraordinarias cotizan al 28,30% general más el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI 2026 del 0,90%). Sekia HR desglosa automáticamente ambos contadores antes de exportar a nómina.
Frequently asked legal questions
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